Nos complace informarle que el 13 de febrero de 2025, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones emitió la Resolución N° 286 Exenta, la cual regula las llamadas masivas. Estas llamadas han sido clasificadas como servicios complementarios al servicio público telefónico. A partir de esta normativa, se asigna la numeración 600 para comunicaciones masivas solicitadas y la numeración 809 para comunicaciones masivas no solicitadas. El objetivo de esta regulación es garantizar una asignación eficiente y transparente de los recursos numéricos en el ámbito de las telecomunicaciones.Es importante destacar que esta norma ya está en vigor. Por lo tanto, todas las empresas que realicen llamadas masivas deberán utilizar únicamente los números específicos designados para cada tipo de comunicación. Esto significa que no se podrán utilizar números telefónicos que no correspondan a los servicios complementarios de llamadas masivas, tales como números fijos tradicionales, numeración móvil o líneas destinadas a la atención al cliente. Las empresas que realicen comunicaciones masivas tienen plazo hasta el 13 de agosto de 2025 para solicitar la numeración correspondiente; a partir de esa fecha, estará prohibido realizar llamadas masivas utilizando cualquier numeración diferente a la estipulada en la normativa.
Una vez SUBTEL asigne las numeraciones a los operadores concesionados, procederemos a informarle a nuestros clientes.
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(Ejemplo: agendamiento, encuestas o confirmaciones de asistencia.) |
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(Ejemplo: publicidad, telemarketing o promociones. ) |
Para obtener más información, puede consultar la normativa oficial en el siguiente enlace: Normativa oficial - Biblioteca del Congreso Nacional
Laupäev, Aprillil 19, 2025

Números 600
Para llamadas masivas solicitadas.